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== Las cuatro libertades del software libre ==
 
== Las cuatro libertades del software libre ==
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Definición de Software Libre
  
De acuerdo con la definición establecida por Richard Stallman, un ''software'' es "libre" cuando garantiza las siguientes libertades:<ref>{{Cita web |autor=Free Software Foundation |título=La Definición de Software Libre |url=http://www.gnu.org/philosophy/free-sw.es.html |fecha=9 de diciembre de 2010 |fechaacceso=14 de diciembre de 2010 }}</ref>
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Versione delle 16:33, 21 apr 2019

El software libre es todo programa informático cuyo código fuente puede ser estudiado, modificado, y utilizado libremente con cualquier fin y redistribuido sin o con cambios y/o mejoras.1​2​ Su definición está asociada al nacimiento del movimiento de software libre, encabezado por Richard Stallman y la consecuente fundación en 1985 de la Free Software Foundation, que coloca la libertad del usuario informático como propósito ético fundamental.


Las cuatro libertades del software libre

Definición de Software Libre

De acuerdo con la definición establecida por Richard Stallman, un software es "libre" cuando garantiza las siguientes libertades:

Libertad Descripción
0 la libertad de usar el programa, con cualquier propósito (uso).
1 la libertad de estudiar cómo funciona el programa y modificarlo, adaptándolo a las propias necesidades (estudio).
2 la libertad de distribuir copias del programa, con lo cual se puede ayudar a otros usuarios (distribución).
3 la libertad de mejorar el programa y hacer públicas esas mejoras a los demás, de modo que toda la comunidad se beneficie (mejora).
Las libertades 1 y 3 requieren acceso al código fuente, porque estudiar y modificar software sin su código fuente es muy poco viable.


Bolivia El presidente Evo Morales Ayma, el día lunes 8 de agosto de 2011, reglamentó la Ley Nº 164 de Telecomunicaciones y TIC's para el Desarrollo de Tecnologías de Información y Comunicación.

https://adsib.gob.bo/IMG/pdf/ley_164_reglamento_1793.pdf

ARTÍCULO 19.-(PLAN DE IMPLEMENTACIÓN DE SOFTWARE LIBRE Y ESTÁNDARES ABIERTOS). I.El Ministerio de Planificación del Desarrollo en coordinación con el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, a través del Viceministerio de Telecomunicaciones y la ADSIB, es la instancia responsable de elaborar, promover, gestionar y articular el Plan de Implementación de Software Libre y Estándares Abiertos para los Órganos Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Electoral en todos sus niveles del Estado Plurinacional de Bolivia, así como de su permanente actualización.II.El Plan de Implementación de Software Libre y Estándares Abiertos establecerá los mecanismos para el desarrollo comunitario de aplicaciones de Software Libre, transversales a las necesidades del Estado Plurinacional. III.La ejecución del Plan de Implementación de Software Libre y Estándares Abiertos, estará a cargo de las entidades publicas.

ARTÍCULO 21.-(LINEAMIENTOS DEL PLAN).El Plan de Implementación de Software Libre y Estándares Abiertos, debe considerar mínimamente los siguientes lineamientos:a.Posibilitar la implementación, uso y desarrollo de Software Libre y Estándares Abiertos en las plataformas informáticas, aplicaciones, ordenadores, redes informáticas, intercambio de datos y publicación de contenidos digitales de los órganos del Estado Plurinacional de Bolivia; b.Promover el avance del proceso de descolonización del conocimiento;c.Promover la formación, especialización y capacitación de recursos humanos en software libre y estándares abiertos en coordinación con los órganos del Estado y entidades de la administración pública;d.Promover mecanismos de cooperación internacional en materia de software libre y estándares abiertos, en respeto de la soberanía y seguridad informática del Estado Plurinacional de Bolivia;e.Establecer los mecanismos de seguimiento y control que garanticenla aplicación del presente Reglamento y el Plan de Implementación de Software Libre y Estándares Abiertos;f.Promover el desarrollo de software libre en los sectores público y privado, favoreciendo a los profesionales y empresas bolivianas;g.Establecer las condiciones y jerarquización para fortalecer las unidades de sistemas de las entidades públicas, de modo que puedan cumplir con los objetivos del Reglamento.